Siempre siempre pide factura de todo, de esta forma te devuelven el IVA y te deduces la base imponible como gasto de empresa. Si no hay factura los tickets son válidos hasta importes de 120 euros cada uno.
En la factura debe aparecer (de ambos):
Nombre fiscal completo
CIF/NIF
Dirección fiscal
fecha
Además, respecto al que la emite:
Desglose detallado de los conceptos facturados, base imponible y tipo de IVA aplicable (4, 7 ó 16). Debe estar numerada según el protocolo que siga. Debe aparecer la inscripción mercantil del que factura: Libro de registro, num. de hoja, tomo, etc.
Hola,
En el caso de ser consultor orientado a temas de finanzas, mejora de procesos, cuadros de mando, etc, es decir, una consultoría tradicional en la que es necesario todavía dar una imagen tradicional y seria, es decir, y disfrazado con tarje y corbata pienso que sería razonable el deducirse gastos de camisas, corbatas y trajes de chaqueta (zapatos quizá no porque podrías usarlos los fines de semana, o quizá sí pero imputando sólo un %), al igual que un mecánico puede hacerlo con sus monos de trabajo.
¿Cuál sería lo razonable y legal?
Gracias, un saludo.