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¿Utilizando Copyleft pierdo mis derechos sobre mi obra?, no ....


Hacemos un pequeño análisis legal sobre las licencias copyleft


30/6/06 - La respuesta a la pregunta inicial es un no, un no rotundo porque las licencias copyleft son perfectamente legales y cuando las usamos mantenemos todos nuestros derechos que, como autor, nos corresponden.

Cada obra, como creación original que es, se puede licenciar con una licencia copyleft que va a cubrir todos los derechos de autor.

Las licencias copyleft están bajo el amparo de la legislación española respecto a la propiedad intelectual. Primero cabe señalar que la única persona que puede licenciar una obra es el propio autor.

El alcance de las licencias depende lógicamente de la jurisdicción donde se lleven a cabo éstas. En España cada licencia copyleft tiene un código legal que establece las normas de uso de la misma. Éstas son las que se deben consultar si se quiere saber en que términos legales se encuentra.

El ámbito de aplicación que tienen las licencias es tan amplio como los campos donde se pueden llevar a cabo éstas. Por ejemplo, en la Red cualquier obra se puede licenciar con copyleft, desde una página, un blog, un periódico electrónico, una canción, etc.

Estas licencias abiertas se adaptan perfectamente a cualquier obra que es reproducida y comunicada al público y sus derechos están perfectamente garantizados por la legislación española. Entre ellos se especifica claramente la obligación del reconocimiento de la autoría de la obra o creación original.

En nuestra legislación sobre propiedad intelectual se clasifica a los derechos de los autores en dos grandes conjuntos: el de los derechos morales y el de los derechos de explotación.

En relación a los derechos morales, las licencias Creative Commons precisan que se reconozca al autor de la obra, y si además se indica, también se tendrá que mostrar la fuente de donde se ha copiado, ya sea una web, un grupo musical, un libro, etc.

Esto se conoce como derecho de atribución, e implica el reconocimiento del autor.

Aparte, estarían los diferentes aspectos de los derechos de explotación, como el de integridad, que impide que tú obra sea modificada sin tu consentimiento, y el de divulgación, que según hayas escogido uno u otro tipo de licencia decide en que términos se produce ésta, si se hace pública o no.

En España todos los derechos morales son inalienables e irrenunciables, y el reconocimiento es uno de éstos. Por ello el autor no puede prescindir del reconocimiento de su obra ya que sería contrario a Derecho en la Ley Española.

Sobre la integridad de la obra, es evidente que se pueden vulnerar las licencias copyleft, pero igual se pueden vulnerar las copyright. En ambos casos tendrás que intentar llegar a un entendimiento amistoso o acudir a la Justicia y denunciar un uso no permitido de tú obra. Por tanto al usar copyleft no estarás sometido a una indefensión técnica por ser una licencia abierta.

Y en relación al derecho de divulgación no se contempla nada específicamente, pero es lógico ya que si el autor decide publicar sus obras en Internet bajo una licencia copyleft, esta ya ejerciendo su derecho moral de divulgarlas.

Las licencias copyleft tienen asegurada la cobertura legal que les asiste la Ley Española y esta garantizado que las licencias Creative Commons no atentan contra la Ley.

En relación a los derechos morales, se aplica directamente la Ley de Propiedad Intelectual. En cuánto a los derechos de explotación, dicha Ley es tajante al reflejar que corresponde exclusivamente al autor el ejercicio exclusivo de éstos. En las licencias copyleft el autor lo que hace es establecer permisos respecto a los derechos de explotación.

Todo ello queda dentro del marco legal vigente y la generosidad que conllevan estas licencias abiertas, permitiendo diferentes usos de las obras, siempre se tiene en cuenta de manera positiva por el Derecho.

En definitiva, quiero desde aquí dejar bien claro que las licencias copyleft son perfectamente legales y que se encuentran bajo el amparo de la legislación española, además de ser compatibles entre diferentes países. Al escoger esta licencia se crea una seguridad jurídica a favor del autor, el cual sabe detalladamente qué derechos ha permitido ceder y cuáles no. En virtud de su voluntad ofrece la posibilidad de que se haga un uso comercial o no de su obra, o se lleven a cabo modificaciones del original.

Por el lado del usuario de obras con este tipo de licencias, también se ve reforzada su seguridad jurídica, porque frente al restrictivo "todos los derechos reservados", encuentra una serie de concesiones sin necesidad de pedir permiso al autor. El usuario puede disfrutar de la obra, ya sea copiándola, distribuyéndola, o modificándola si se permite.

Así pues, si encuentras que tú licencia copyleft ha sido violada, tienes las bases establecidas por la Ley para poder defender tus derechos.

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Informe de Borja Sánchez*
Consultor web
URL: http://www.musicleft.net

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